Si tienes una empresa o eres autónomo en España, en los próximos dos años te afectan dos normativas distintas que casi todo el mundo confunde: Verifactu y la factura electrónica obligatoria. No son lo mismo, no vienen de la misma ley, no entran en vigor a la vez y no exigen lo mismo. Y lo más importante: es muy probable que tengas que cumplir las dos.
Aquí tienes la comparativa clara, con las fechas oficiales de la Agencia Tributaria y sin alarmismo de vendedor de software.
La confusión, explicada en dos frases
Verifactu regula el programa con el que emites facturas: exige que tus registros de facturación sean íntegros, trazables e inalterables, para que Hacienda pueda verificar que no se manipulan. La factura electrónica obligatoria regula el documento y cómo viaja: obliga a que las facturas entre empresas y autónomos sean electrónicas y estructuradas, para digitalizar el sector y combatir la morosidad.
Uno vigila el software. La otra cambia el formato. Por eso no se sustituyen entre sí.
Tabla comparativa: en qué se diferencian
| Verifactu | Factura electrónica B2B | |
|---|---|---|
| Ley de origen | Ley 11/2021 (Antifraude) | Ley 18/2022 (Crea y Crece) |
| Objetivo | Combatir el fraude fiscal | Digitalizar y combatir la morosidad |
| Qué regula | El software de facturación y sus registros | El formato del documento y el canal de envío |
| Facturas afectadas | Todas: a empresas, a particulares y a la administración | Solo entre empresas y autónomos (B2B) en España |
| ¿Puedes seguir entregando factura en papel? | Sí: regula el registro interno, no el soporte | No en operaciones B2B, una vez en vigor |
| Quién lo desarrolla | Real Decreto 1007/2023, plazos por RD-ley 15/2025 | Real Decreto 238/2026 |
El calendario completo, fecha a fecha
Estas son las cuatro fechas que importan, según la Agencia Tributaria:
| Fecha | Qué entra en vigor | A quién afecta |
|---|---|---|
| 1 de enero de 2027 | Verifactu | Empresas que presentan el Impuesto sobre Sociedades |
| 1 de julio de 2027 | Verifactu | Autónomos y resto de obligados |
| 1 de octubre de 2027 | Factura electrónica B2B | Empresas que facturan más de 8 millones de euros |
| 1 de octubre de 2028 | Factura electrónica B2B | El resto de empresas y autónomos |
Fíjate en la trampa mental: Verifactu llega antes. Muchos negocios están planificando «la factura electrónica para 2028» y se van a comer el plazo de Verifactu de 2027 sin darse cuenta.
¿Tengo que cumplir las dos?
Casi seguro que sí, si facturas a otras empresas o autónomos:
- Solo vendes a particulares (una peluquería, una tienda física): te afecta Verifactu, porque regula tu software de facturación venda a quien vendas. La factura electrónica B2B no te toca.
- Facturas a otras empresas o autónomos: te afectan las dos. Tu software tendrá que cumplir Verifactu en 2027 y, además, emitir y recibir factura electrónica estructurada en 2027 o 2028 según tu facturación.
- Trabajas con la administración pública: la factura electrónica B2G ya era obligatoria desde hace años vía FACe; Verifactu se suma igualmente.
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Ver Paquete ProfessionalQué hacer ahora (sin pánico)
- Pregunta a tu software de facturación si estará adaptado a Verifactu antes de tu fecha (enero o julio de 2027). Los principales programas del mercado ya lo están anunciando; si el tuyo no responde, es una señal.
- Si facturas con Excel o Word, el cambio te afecta de lleno: esos registros no cumplen Verifactu. Tienes hasta 2027 para migrar a un sistema que sí.
- No compres «soluciones Verifactu» con miedo: la sanción existe (hasta 50.000 € por ejercicio para el usuario de software no adaptado), pero queda tiempo para adaptarse bien y comparando opciones.
- Aprovecha el cambio: si vas a tocar tu sistema de facturación, es el momento de automatizar de paso lo que haces a mano. El detalle completo de requisitos y sanciones de Verifactu lo tienes en mi guía de Verifactu para PYMEs.
La lectura estratégica
Estas dos normativas van a obligar a digitalizarse a cientos de miles de negocios que hoy funcionan con papel, Excel y WhatsApp. Si tu negocio da el paso antes y bien, no solo evitas sanciones: te posicionas por delante de tu competencia en un momento en que digitalizarse deja de ser opcional. Las empresas que ya trabajan con sistemas modernos van a vivir esta transición como un trámite; las que no, como una crisis.
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Ver Paquete ProfessionalFuentes
- Agencia Tributaria: nota informativa sobre la ampliación del plazo de adaptación de los sistemas informáticos de facturación, actualizada en marzo de 2026: fechas de 1 de enero y 1 de julio de 2027 conforme al Real Decreto-ley 15/2025.
- Agencia Tributaria: facturación electrónica obligatoria, sobre el Real Decreto 238/2026 y las fases de octubre de 2027 y octubre de 2028.
- Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, y Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas (BOE).
- Verifactu para PYMEs: qué necesitas preparar antes de 2027, la guía completa en este blog.



